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Impuestos Ecológicos: Inútil Hidra de Mil Cabezas??

 

El personaje mitológico de la Hidra tenía como condición que era policéfala, es decir tenía múltiples cabezas, las cuales despedían un aliento venenoso, y si se le cortaba una cabeza, aparecían dos. El mito dice que el único que pudo contra la Hidra fue Hércules pero ayudado por su sobrino Yolao.

Ya que por cada cabeza cortada por Hércules, nacía otra aún Más poderosa, Yolao se encargó de cauterizar cada muñón y así evitó que le creciera otra, logrando Hércules su cometido de matar a la criatura.

Algunos creemos encontrar una clara analogía entre la mitología y los impuestos ecológicos. Cuando algún gobierno anuncia su intención de recortar algún impuesto verde, dos o más aparecen en su lugar.

El pasado mes de febrero se hizo público uno de los informes más esperados de la legislatura: el documento que llevó por título Comisión de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario Español. Conocido coloquialmente por Informe Lagares, por ser Manuel Lagares máximo responsable del equipo de redactores, analiza el actual sistema tributario español. Aunque los medios se han hecho eco fundamentalmente de las propuestas en materia de Impuesto sobre la Renta, Valor Añadido e Impuestos Especiales, en sus más de 400 páginas también hay lugar para el medio ambiente. Y su simple lectura permite vislumbrar lo que ya muchos sabemos desde hace tiempo:  que actualmente existe una gran variedad de “diseños” fiscales, (mal llamados ´impuestos verdes´ por guardar – supuestamente - relación con el medio ambiente). cuya característica común más señalada es la profunda disparidad que  a su respecto existe entre las distintas Comunidades Autónomas.

Uno de los aspectos significativos del Informe es la conclusión de que la imposición ambiental en España es claramente inferior a la media europea, con tipos más reducidos sobre energía. Según el documento, queda pendiente una reforma fiscal “verde” con un doble objetivo: por una parte incentivar conductas favorables al medio ambiente y, por la otra, obtener recaudación adicional que podría servir para reducir la carga tributaria sobre el factor trabajo.

Sobre lo que el informe no llega a conclusiones es respecto del nivel adquisitivo medio español en relación con aquellos países en los que la imposición ambiental es más elevada. A título de ejemplo, más del 50% de cada factura de consumo eléctrico está representado por impuestos.

Y es que uno de los problemas actuales es la gran variedad de tributos ambientales que existen a nivel autonómico y que abarcan desde el agua, atmósfera o instalaciones energéticas, hasta grandes superficies, residuos, turismo o impacto paisajístico. Y es que, además, en demasiadas ocasiones no está tan claro que estos impuestos tengan fines ambientales por mucho que se denominen ´verdes´. Además, "presentan una mínima capacidad recaudatoria siendo muy gravosos para los escasos sujetos pasivos afectados", añade el informe.

Sin perjuicio de tal conclusión, el Informe presenta una variedad de propuestas que, en relación con el medio Ambiente, se pueden resumir de la siguiente manera:

*             Revisar los Impuestos Especiales[1], los de grandes superficies, el canon eólico y el impuesto sobre residuos.

*             Igualar el impuesto que grava las labores del tabaco al de los cigarrillos.

*             Equiparar el tipo del gasóleo al de la gasolina.

*             Suprimir las exenciones del impuesto sobre el carbón.

*             Creación de un nuevo impuesto sobre el uso de vehículos de tracción mecánica.

*             Pago de tasas por el uso de las infraestructuras de transporte.

*             Creación de "tasas de congestión" por la entrada de vehículos al centro de las ciudades de Madrid y Barcelona.

*             Sustituir la base imponible del impuesto sobre la electricidad por el número de kilovatios/hora consumidos y limitar drásticamente las exenciones.

*             Suprimir los impuestos autonómicos sobre grandes superficies comerciales y de servicios.

*             Suprimir los impuestos autonómicos sobre emisiones de dióxido de carbono (CO2).

*             Creación de un impuesto estatal sobre depósitos de residuos de construcción o peligrosos, que se cedería a las autonomías.

*             Creación de un impuesto estatal sobre emisiones atmosféricas distintas del CO2, que también deberían aplicar las autonomías.

*             Conceder mayor capacidad normativa a las autonomías para establecer sistemas de  copago en los servicios públicos de su competencia.

Todo lo cual difícilmente puede verse como una simplificación útil de la estructura impositiva en materia de medio ambiente. Más bien, todo lo contrario.

Además, el informe asegura que "las últimas medidas estatales para la implementación de impuestos ambientales se consideran fragmentarias y limitadas". Se refiere aquí a aquellas medidas que afectan a la energía eléctrica, al combustible nuclear ya gastado, a residuos radiactivos, a impuestos sobre el gas natural y al carbón o  a los gases fluorados.

El impuesto a los gases fluorados es muy útil como ejemplo de lo que en España se entiende por ´impuesto verde´. Esta figura impositiva entró en vigor el pasado día 1 de enero y se encarga de gravar aquellos gases de efecto invernadero que utilizan aerosoles, aparatos de aire acondicionado y neveras. Un hecho que repercute directa o indirectamente en el bolsillo del ciudadano.

Distintas organizaciones empresariales han criticado dicho impuesto sobre la base de que encarecería, por ejemplo, la instalación y mantenimiento de equipos de aire acondicionado".  El tipo impositivo varía dependiendo de la contribución al cambio climático del gas que se utilice. La legislación en la materia establece cuatro tarifas que llegan a imponer hasta 100 euros por kilo de gas. Según el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, "esta medida es una recomendación de la Unión Europea que busca reducir en dos terceras partes las emisiones de estos gases de cara a 2030.

Algunas estimaciones consideran posible que de ésta manera se recauden unos 340 millones de euros. Con éste Impuesto verde. Lo que no queda claro ni se lee por ninguna parte es que dicho importe vaya a tener tenga “un destino verde”

Mirando al Futuro

Algunos gobiernos regionales han salido a explicar claramente que al momento presente no tienen intención de imponer nuevos impuestos sino que, primordialmente, su voluntad está dirigida a la bajada de los mismos. Actitud claramente opuesta a la de los expertos redactores del Informe Lagares de cuya redacción se deduce que dichos expertos pretenden . cambiar, sustituir, equiparar, suprimir, integrar, refundir, considerar, reformar y corregir un gran número de figuras impositivas.

Los expertos que han expuesto su opinión en los distintos medios de comunicación ven en el Informe la intención de fundamentar la reforma fiscal verde en una modificación profunda de la fiscalidad sobre la energía que fije las bases imponibles a partir de, por ejemplo, las emisiones de CO2 y el contenido energético. Por ello, los expertos exigen la modificación a fondo del actual impuesto sobre hidrocarburos proponiendo diversificar en un gravamen sobre la energía y otro sobre el CO2. (es decir, dos impuestos en lugar de uno)

En cuanto a transporte, el comité de expertos propone modificar los gravámenes actuales sobre vehículos de tracción mecánica con la introducción de un nuevo impuesto ambiental sobre el uso de vehículos de tracción mecánica que se añada a la cuota municipal que corresponda una cuota ambiental basada en emisiones de CO2;

Y aunque se propone la supresión de ciertos impuestos y cánones (supuestamente ambientales) establecidos por las Comunidades Autónomas que carecen de justificación como el impuesto sobre grandes superficies comerciales y de servicios, el Canon eólico; el Impuesto sobre el agua embalsada y diversos  impuestos autonómicos sobre emisiones de CO2, tal y como hemos visto, se propone también conceder mayor capacidad normativa a las autonomías para establecer sistemas de copago en los servicios públicos de su competencia.

Nada de lo cual lleva a pensar en una simplificación del actual sistema impositivo medioambiental a la vez que plantea serias dudas acerca del destino de los fondos recaudados que, posiblemente, no tengan un destino realmente medioambiental..

Los residuos: Un Caso Especial

El informe incluye una referencia singular a los residuos, sobre los cuales diversas Comunidades Autónomas (Andalucía, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia y Valencia) aplican ya impuestos sobre depósitos de residuos en vertederos   Las consecuencias son fáciles de imaginar: cuando el coste del transporte es menor al impuesto, el residuo pasa las fronteras administrativas distorsionando el mercado, estableciendo agravios comparativos.

Cataluña ha establecido impuestos sobre la incineración de residuos y sobre residuos de construcción y Andalucía sobre residuos peligrosos y residuos nucleares. Además, recientemente se ha creado un impuesto estatal sobre almacenamiento de residuos nucleares que no se encuentra cedido a las Comunidades Autónomas.

En cuanto al impuesto sobre depósito de residuos, existen dos modelos, aplicables en distintas Comunidades Autónomas. . Para unificar dicha disparidad, los expertos proponen la creación de un único impuesto nacional sobre los cuatro aspectos fundamentales;: (i) el depósito de residuos, (ii) los residuos de la construcción, (iii) los residuos peligrosos; y (iv) la incineración de residuos. Tal impuesto seguiría en lo esencial el modelo de los impuestos ya existentes e incluiría la cesión a las Comunidades Autónomas con competencia normativas (no todas….) las competencias sobre el tipo de gravamen (dentro de un máximo y un mínimo fijado por la ley del Estado) de la gestión recaudatoria y sobre el importe de lo recaudado.

Si bien es posible atisbar aquí un modesto intento de unificación, nada asegura que, en caso de producirse la misma, vayan a existir tipos de impuesto uniformes (con lo que podrían perpetuarse los agravios comparativos) ni una gestión recaudatoria igualmente uniforme que reduzca la burocracia para las empresas y les facilite la comprensión del sistema impositivo y de los requisitos para su cumplimiento.


[1] Los impuestos especiales son tributos de naturaleza indirecta que recaen sobre consumos específicos y gravan en fase única, la fabricación, importación y, en su caso, introducción, en el ámbito territorial interno de determinados bienes, así como la matriculación de determinados medios de transporte y la puesta a consumo de carbón, de acuerdo con las normas de la Ley. Ejemplos: Los impuestos sobre el alcohol y bebidas alcohólicas, sobre hidrocarburos,  labores del tabaco, electricidad, el l impuesto sobre determinados medios de transporte y sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos

 

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